Hipotecas en ejecución

No te des por vencido. Somos expertos en hipotecas impagadas o en ejecución.
Confía tu problema solo a profesionales con larga experiencia en el sector y avanza hacia una situación más estable.

¿En qué consiste el procedimiento de ejecución hipotecaria?

Cuando no podemos atender las cuotas de nuestro préstamo hipotecario, intentamos buscar alternativas para hacer frente al pago, e incluso llegamos a negociar con la entidad para lograr un acuerdo satisfactorio para ambas partes. Si no se llega a un acuerdo y se han acumulado varias cuotas, el banco inicia un procedimiento judicial. 

Este procedimiento pasa por varias fases:
1. Demanda ejecutiva

 La Entidad financiera presentará una demanda contra el deudor/deudores ante los Juzgados de Primera Instancia de la población en la que se localice la vivienda hipotecada.

¿EN QUÉ MOMENTO SE LE RECLAMA TODA LA DEUDA?

  • Cuando la cuantía de las cuotas vencidas y no satisfechas equivalgan al menos: al 3% del capital concedido o  14 cuotas (si se produce el impago en la primera mitad de duración del préstamo)
  • Cuando la cuantía de las cuotas vencidas y no satisfechas equivales al 7% del capital concedido o 15 cuotas (si se produce el impago en la segunda mitad de duración del préstamo)
2. Notificación y requerimiento

Se le notifica al deudor el inicio de la demanda judicial  y se le reclama la totalidad de la deuda.

En este momento el deudor tiene 10 días para poder oponerse  a la demanda a través de un abogado y procurador.

3. Certificación del registro de la propiedad

El juez solicita al Registro de la Propiedad una certificación de la inscripción de la hipoteca y la relación de todas las cargas que graban el inmueble.

4. Subasta del bien hipotecado

Hasta el día que se fije para la celebración de la subasta el deudor puede paralizar el procedimiento de la ejecución hipotecaria siempre que consiga tener la liquidez suficiente para hacer frente al principal y los intereses vencidos en el momento de la presentación de la demanda, más los intereses devengados desde la fecha de la demanda hasta la fecha de subasta. A estos importes se le han de sumar las costas judiciales.

En cualquiera de estas fases desde ÁREA DE PACTOS podemos ayudarle a buscar soluciones